Textos oficiales
- Código
- 15000945011981
- Ámbito
- Provincial (A Coruña)
Índice de la ficha
Datos clave
| Ámbito territorial | Provincial (A Coruña) |
|---|---|
| Ámbito temporal | 01/01/2024 – 31/12/2026 · Vigente |
| Jornada anual | 1.770 horas |
| Vacaciones | 30 días naturales |
| Horas extraordinarias | Se pagan según las tablas del anexo II (Limpiador/a: 9,63 €/hora); recargo del 25 % en festivos |
| Salario de referencia | Limpiador/a (grupo IV): 1.071,52 €/mes – 16.072,80 €/año (2024) |
Ámbito de aplicación
Ámbito funcional y personal
Se aplica a todas las empresas y personas trabajadoras que se dediquen a la limpieza —su mantenimiento y conservación— y a la higienización de toda clase de edificios, locales, hospitales, centros o instituciones sanitarias y de salud, industrias, medios de transporte (terrestre, aéreo o marítimo, ferrocarriles), máquinas, espacios, soportes publicitarios, mobiliario urbano, etc. (art. 1).
Se aplica también a todas esas actividades cuando se desarrollan en el marco de contratas y subcontratas, sea cual sea su objeto o forma social, conforme al art. 42.6 del Estatuto de los Trabajadores, salvo que exista otro convenio colectivo sectorial aplicable (art. 1).
Ámbito territorial
Provincia de A Coruña.
Ámbito temporal
El convenio vigente es el de 2024-2026, publicado en el BOP nº 38 de 26 de febrero de 2026 (código 15000945011981).
Denuncia: debe denunciarse por cualquiera de las partes antes de los tres últimos meses de 2026 (art. 4).
Prórroga y ultraactividad (art. 5):
- Si no se denuncia, se prorroga tácitamente de año en año, con un aumento salarial equivalente al IPC estatal de los doce meses anteriores.
- Si se denuncia, se prorroga indefinidamente la totalidad del convenio mientras no se llegue a un nuevo acuerdo que lo sustituya.
Condiciones económicas pactadas:
- 2024: se consolidan las tablas salariales publicadas en el BOP de 12 de junio de 2024, con un incremento del 9,8 %.
- 2025: una paga extraordinaria única de 400 € anuales, lineal para todas las categorías y no consolidable, proporcional a la jornada y al tiempo trabajado durante 2025. Cotiza prorrateada mensualmente y debía abonarse como máximo dentro de los 20 días siguientes a la publicación del convenio en el BOP.
- 2026: incremento salarial del 5,1 % desde el 1 de enero, que actualiza todas las tablas salariales y también los pluses de asistencia y transporte.
Tablas salariales
| Grupo | Categoría | Salario mensual | Salario anual |
|---|---|---|---|
| IV – Personal operario | Limpiador/a | 1.071,52 € | 16.072,80 € |
| IV – Personal operario | Especialista | 1.238,63 € | 18.579,45 € |
| IV – Personal operario | Conductor/a-Limpiador/a | 1.298,07 € | 19.471,05 € |
| III – Mandos intermedios | Encargado/a general | 1.496,28 € | 22.444,20 € |
| III – Mandos intermedios | Responsable de equipo | 1.088,58 € | 16.328,70 € |
| II – Personal administrativo | Auxiliar administrativo/a | 1.185,63 € | 17.784,45 € |
| II – Personal administrativo | Telefonista o cobrador/a | 1.151,51 € | 17.272,65 € |
Sobre estos importes de 2024 se aplica un incremento del 5,1 % desde el 1 de enero de 2026 (convenio 2024-2026, BOP nº 38 de 26/02/2026). En 2025 no hubo subida de tablas, sino una paga única de 400 €.
| Concepto | Importe mensual | Importe anual |
|---|---|---|
| Plus de asistencia | 80,40 € | 964,80 € |
| Plus de transporte | 79,93 € | 959,16 € |
| Categoría | Precio hora extra |
|---|---|
| Limpiador/a | 9,63 € |
| Especialista | 11,04 € |
| Conductor/a-Limpiador/a | 11,55 € |
| Auxiliar administrativo/a | 10,59 € |
Pagas extraordinarias
Tres pagas extraordinarias: julio, diciembre y una adicional en marzo. Todas se calculan sobre salario base más antigüedad consolidada.
Además, por el año 2025 se pactó una paga extraordinaria única de 400 €, lineal para todas las categorías, no consolidable y proporcional a la jornada y al tiempo trabajado en 2025 (convenio 2024-2026).
Permisos retribuidos
- Matrimonio: 20 días.
- Fallecimiento o enfermedad grave de familiar: 3-4 días.
- Acompañamiento médico a hijos menores o ascendientes dependientes: hasta 8 horas al año.
- Asuntos propios: 1 día al año retribuido y no recuperable, desde el 1 de enero de 2026 (convenio 2024-2026).
- Permiso por fuerza mayor, fenómenos meteorológicos adversos o situaciones de riesgo grave e inminente (convenio 2024-2026).
- Licencias no retribuidas: hasta 7 días al año.
Vacaciones
30 días naturales. Se retribuyen con salario base, antigüedad y los pluses de asistencia, transporte y nocturnidad, calculados sobre el promedio de los últimos 6 meses.
Jornada
- Jornada máxima anual: 1.770 horas.
- Distribución: hasta 39 horas semanales, en turnos de mañana, tarde o noche (máximo dos turnos distintos por trabajador).
- Descanso: 15 minutos en jornada continuada, que cuentan como tiempo efectivo de trabajo.
- Ampliación de jornada: tienen preferencia los trabajadores ya contratados en el centro de trabajo.
Horas extraordinarias
Las horas extraordinarias se abonan según las tablas del anexo II del convenio (por ejemplo, 9,63 €/hora para Limpiador/a y 11,04 €/hora para Especialista en 2024). Las realizadas en festivo llevan un recargo del 25 %.
Pluses
- Plus de transporte: 79,93 €/mes en la tabla de 2024, actualizado con el 5,1 % desde el 1 de enero de 2026.
- Plus de asistencia: 80,40 €/mes en la tabla de 2024, actualizado con el 5,1 % desde el 1 de enero de 2026.
- Plus de nocturnidad: 30 % del salario base por el trabajo realizado entre las 22:00 y las 06:00 h.
- Antigüedad: desde el 31 de diciembre de 1998 no se devenga plus de antigüedad. Quienes estuvieran contratados antes del 1 de enero de 1998 perciben un complemento personal de antigüedad consolidada (art. 24).
- Dietas: hasta 40,77 € por manutención completa fuera del domicilio.
- Anticipos: hasta el 90 % del salario devengado.
Conciliación y excedencias
- Lactancia: se permite reducir la jornada o acumular el permiso en días completos.
- Embarazo: reubicación en otro puesto cuando el trabajo exija esfuerzo físico.
- Excedencia voluntaria especial: con reserva de puesto de hasta 2 años.
Otros derechos
- Subrogación obligatoria: cuando cambia la empresa adjudicataria de un servicio, la nueva empresa debe mantener al personal en las condiciones pactadas. Se exige una antigüedad mínima de 4 meses en el centro para quedar incluido.
- Salud laboral: revisión médica obligatoria (con análisis de sangre y orina); la empresa debe entregar ropa y calzado adecuados desde el primer día; compromiso empresarial de actuación inmediata y no represalia frente al acoso sexual.
- Jubilación parcial y a los 64 años: fomentadas, con reserva de puesto si se cumplen los requisitos.
- Contratos temporales: duración máxima de 12 meses dentro de un periodo de 18 meses.
- Comisión paritaria: seis representantes de la parte empresarial (tres de la Asociación Profesional de Empresarios de Limpieza de Edificios y Locales de la provincia de A Coruña y tres de ASPEL) y seis de la parte social (tres de la CIG y tres de UGT). Vigila e interpreta el convenio y asume las funciones en materia de formación profesional. Sede: Confederación de Empresarios de A Coruña, Praza Luis Seoane, torre 1, entreplanta, 15008 A Coruña; correo: asoc.limpiezas@cec.es. Se reúne cuando lo pida cualquiera de las partes (art. 6).
- Grupo de trabajo para el próximo convenio: una disposición transitoria del convenio 2024-2026 crea un grupo de trabajo dentro de la comisión paritaria para seguir mejorando las condiciones del sector. Se reunió por primera vez en febrero de 2026 y mantiene una periodicidad mínima bimensual hasta que se constituya la próxima mesa negociadora.
Seguro de convenio
Seguro de vida con cobertura de 22.000 € por accidente laboral, incluido el accidente in itinere.