La empresa siempre puede despedir a la persona trabajadora cuando exista una causa para ello. Ahora bien, el hecho de estar de baja nunca podrá ser motivo de despido, por lo que la respuesta no es tan sencilla como un si o un no.
En este artículo te explicamos cuándo un despido durante una baja puede ser correcto, es decir procedente, o cuándo puede considerarse nulo o improcedente.
¿Se puede despedir a una persona durante una baja médica?
Sí, se puede, pero cuando se tenga una causa que justifique el despido, ya sea disciplinaria u objetiva.
Estar en situación de incapacidad temporal (baja médica) no impide automáticamente que la empresa extinga el contrato de trabajo, pero la clave está en el motivo real del despido.
Si la empresa no tiene una causa para el despido, éste será declarado improcedente, pero además si se considera que el motivo del despido es el hecho de estar de baja, el despido será declarado nulo con la obligación de ser reincorporado en el puesto de trabajo y abonar los salarios de tramitación.
Lo cierto es que tras la publicación de la Ley 15/2022 existen más opciones de que el despido sea declarado nulo ya que el artículo 26 que «Todo acto que constituya discriminación será nulo de pleno derecho.» Esto incluye los despidos motivados directa o indirectamente por una enfermedad o baja médica.
Tipos de despido durante una baja: ¿Cuál es la diferencia?
Una vez la persona trabajadora reciba la carta de despido, el trabajador tiene 20 días hábiles para impugnarlo, y la sentencia calificará el despido de alguna de las siguientes maneras;
- El despido es procedente. Es decir, el despido es correcto, tanto en cuanto al procedimiento seguido por la empresa como en las causas esgrimidas.
- Consecuencias: No existirá ninguna consecuencia para la persona trabajadora ni para la empresa, más allá de ratificar el despido ya realizado.
- El despido es nulo. El despido no es correcto y además se considera que se ha vulnerado un derecho fundamental o se considera que es un despido discriminatorio por razón de enfermedad o discapacidad.
- Consecuencias: La empresa debe readmitir al trabajador y abonarle los salarios de tramitación dejados de percibir desde el despido hasta la reincorporación
- El despido es improcedente. No existe causa para el despido o esta no es lo suficientemente importante para justificar la extinción, pero tampoco se considera que se le despido por el hecho de estar de baja por lo que se descarta la existencia de discriminación.
- Consecuencias: El empleador puede elegir entre readmitir al trabajador o pagarle una indemnización de 33 días por año trabajado (45 días por la antigüedad anterior a 2012).
¿Cómo actuar si te despiden durante una baja?
El plazo que tiene una persona trabajadora para impugnar un despido es de 20 días hábiles, por lo que no hay que perder mucho tiempo.
En primer lugar, se presenta una papeleta de conciliación laboral ante el SMAC. Tras la presentación de esta papeleta, se celebrará un acta de conciliación en un plazo no superior a 15 días hábiles.
En caso de no alcanzar un acuerdo en el SMAC con la empresa, se debe presentar una demanda en los Juzgados de lo Social. La duración de este proceso judicial depende bastante del juzgado en el que caiga de los siete juzgados sociales que existen en A Coruña.