Alejandro Aradas

El convenio colectivo de panaderías en A Coruña

Análisis de los detalles más relevantes del convenio

El Convenio Colectivo Provincial de Panaderías de A Coruña establece las condiciones laborales que rigen para las personas trabajadoras del sector en toda la provincia. Firmado entre la Asociación Provincial de Empresarios Fabricantes de Pan y la Unión General de Trabajadores, este convenio tiene una vigencia inicial de 2014 a 2018, contemplando prórrogas automáticas en caso de no ser denunciado formalmente.

En el año 2025, mantiene su vigencia.

A continuación, destacamos los aspectos más relevantes del texto, con especial atención a las condiciones económicas, derechos laborales y organización del tiempo de trabajo.

1. Ámbito de aplicación y vigencia

  • Ámbito territorial y funcional: Se aplica a todas las empresas de panadería establecidas en la provincia de A Coruña.
  • Vigencia: Desde el 1 de enero de 2014 hasta el 31 de diciembre de 2018. Se prevén prórrogas automáticas anuales salvo denuncia expresa.
  • Actualización automática: En caso de prórroga, se aplicará el IPC interanual (septiembre-septiembre), con carácter no absorbible.

2. Condiciones económicas y estructura salarial

Tablas salariales y pluses

  • Actualizaciones salariales progresivas de hasta un 1,25 % en 2018.
  • Salarios base diferenciados por grupo profesional, con pluses específicos por transporte, nocturnidad y condiciones especiales.
  • Retribución en especie: Derecho a 1 kg de pan diario, valorado en 0,39 € a efectos de cotización.

Gratificaciones y premios

  • Tres pagas extraordinarias: San Honorato (16 de mayo), 15 de julio y Navidad.
  • Premio por jubilación anticipada: Hasta 16 mensualidades, según años de anticipación y antigüedad.
  • Antigüedad consolidada: Se mantiene según derechos adquiridos hasta 2013, con revisión automática por IPC en prórrogas.

3. Jornada laboral, descansos y vacaciones

  • Jornada anual: 1.813 horas, equivalentes a 38,5 horas semanales.
  • Vacaciones: 30 días naturales, con garantía de disfrute en caso de IT o permisos parentales.
  • Trabajo en festivos: Se abona al 175 % del salario diario.

4. Licencias, permisos y conciliación

  • Permisos retribuidos por nacimiento, fallecimiento, matrimonio, pareja de hecho, mudanza, acompañamiento a consultas médicas, entre otros.
  • Permiso de lactancia: Opciones de acumulación o reducción de jornada.
  • Reducción de jornada: Para cuidado de menores o personas dependientes hasta segundo grado.
  • Horas médicas: 12 horas anuales retribuidas para citas médicas propias o familiares directos.

5. Clasificación profesional y sistema de grupos

  • División en cinco grupos profesionales (del 1 al 5), según funciones y responsabilidades.
  • Grupo 5: Grupo de acceso limitado a 6 meses y con restricciones porcentuales según plantilla.

6. Representación sindical y garantías

  • Delegados sindicales: Derecho reconocido en centros con más de 200 trabajadores y afiliación del 15 %.
  • Comités de empresa: Acceso a información clave y funciones de control, vigilancia y negociación.
  • Protección frente a represalias: Garantías específicas y prioridad de permanencia en casos de reducción de plantilla.

7. Otras cuestiones de interés

  • Dotación de ropa de trabajo: Obligatoria y renovable anualmente, incluyendo ropa térmica en cámaras.
  • Formación profesional: Compromiso de promoción de cursos sectoriales.
  • Seguros obligatorios: Por accidente (25.000 €) y por robo para personal que maneja dinero.
  • Cláusula de descuelgue salarial: Procedimiento regulado, con obligación de compensación futura y sin reducción de plantilla durante su aplicación.

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