Alejandro Aradas

El convenio colectivo industria siderometalúrgica de A Coruña | 2025

Convenio Estatal del Sector del Metal: derechos individuales de las personas trabajadoras

Archivos para descargar:

El presente convenio regula las condiciones laborales básicas del personal que trabaja en la industria, la tecnología y los servicios del sector del metal en España. Con vigencia desde el 1 de enero de 2022 hasta el 31 de diciembre de 2024, constituye el marco mínimo estatal en materia laboral, siendo de aplicación supletoria respecto a los convenios provinciales o de empresa. Su vigencia se mantiene en el año 2025.

A continuación, se analizan los derechos más relevantes que afectan directamente al individuo como persona trabajadora:


1. Clasificación profesional y desarrollo profesional

  • Clasificación por grupos profesionales, sustituyendo las categorías tradicionales.
  • Derecho a la movilidad funcional respetando la dignidad y sin pérdida retributiva.
  • Impulso a la formación continua y evaluación del desempeño para promover el desarrollo profesional.

2. Jornada laboral y descansos

  • Jornada máxima anual: 1.752 horas, salvo pacto distinto en convenios de ámbito inferior.
  • Descanso diario: mínimo de 12 horas entre jornadas.
  • Descanso semanal: mínimo de 1,5 días consecutivos.
  • Derecho a la desconexión digital fuera del horario laboral.

3. Vacaciones y permisos retribuidos

  • Vacaciones: 30 días naturales al año. Se recuperan si coinciden con IT.
  • Permisos retribuidos:
    • Matrimonio o pareja de hecho: 15 días naturales.
    • Fallecimiento o enfermedad grave de familiares: hasta 4 días.
    • Traslado de domicilio: 1 día.
    • Consultas médicas: hasta 16 horas/año con justificación.

4. Retribución

  • Salarios fijados en convenios provinciales o de empresa.
  • Igualdad retributiva: Prohibición de discriminación por razón de sexo, edad u otras condiciones.
  • Obligación de abonar al menos dos pagas extraordinarias anuales (salvo prorrata).

5. Conciliación de la vida laboral y familiar

  • Derecho a adaptación de jornada por motivos familiares.
  • Reducción de jornada: por guarda legal o cuidados.
  • Permiso de lactancia acumulable si se pacta.
  • Medidas específicas para víctimas de violencia de género: cambio de centro, adaptación horaria y suspensión con reserva de puesto.

6. Seguridad y salud laboral

  • Formación en prevención: obligatoria, gratuita y dentro de la jornada.
  • Derecho a exámenes médicos periódicos y a paralizar la actividad en caso de riesgo grave.
  • Protección específica en situaciones de embarazo, lactancia y menores.

7. Formación profesional

  • 8 horas retribuidas anuales de formación obligatoria.
  • Formación específica previa para tareas con riesgos.
  • Acceso a programas de recualificación y formación dual.

8. Contratación

  • Fomento de la contratación indefinida como norma general.
  • Duración máxima para contratos temporales ajustada a la reforma laboral.
  • Entrega obligatoria por escrito de contratos y prórrogas.
  • Igualdad de derechos entre personal temporal y fijo, o entre jornada parcial y completa.

9. Igualdad y no discriminación

  • Aplicación transversal del principio de igualdad de trato y oportunidades.
  • Compromiso con la eliminación de la brecha salarial y la integración de personas con discapacidad.

10. Desconexión digital

  • Derecho a no responder comunicaciones fuera del horario laboral.
  • Las empresas deben establecer una política clara sobre el uso de dispositivos digitales.