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¿Que pasó aquel día según la sentencia?
La sentencia indica como hechos probados que con ocasión del partido de la Liga de Fútbol Profesional de 1 División que se iba a celebrar en el Estadio Vicente Calderón de Madrid el día 30 de noviembre de 2014 entre los equipos Atlético de Madrid y Real Club Deportivo de La Coruña y debido a la rivalidad existente entre los aficionados radicales de ambos clubes, motivada por ser cada una de ellos simpatizantes de ideologías contrarias, con carácter previo al encuentro se citaron, a través de distintas redes sociales y mensajes de telefonía para reunirse en las inmediaciones de le estadio con el único fin de agredirse mutuamente.
A la hora concertada, en torno a las 08:00 del día 30, se personaron en el lugar acordado varios centenares de aficionados del atlético de Madrid bajo las consignas “armados hasta los dientes”, “sin dudas y con mucho odio”, “Atlético o muerte”. Gran parte de los aficionados iban armados, con ánimo de atentar contra la integridad física, acometieron de forma indiscriminada a los numerosos aficionados del otro club que actuaban de igual forma, movidos ambos grupos por el odio a al afición rival y a los ideales que éstos simpatizan. Así, todos ellos se agredieron tumultuaria y continuadamente, resultando del violento enfrentamiento decenas de heridos, varios de ellos con incisiones por arma blanca.
¿Quienes son los menores acusados?
Son tres los condenados por el Juzgado de Menores Nº4 de Madrid:
- SUJETO 1: A.C.G, nacido el día 26/03/1997: 17 años en el momento de los hechos. Acusado de un delito de riña tumultuaria, delito de tenencia ilícita de armas y un delito de homicidio.
- SUJETO 2: I D.C., nacido el 18/09/1998: 16 años en el momento de los hechos. Acusado de un delito de riña tumultuaria y delito de tenencia ilícita de armas.
- SUJEOT 3: J.P.C., nacido el 13/12/1996: 17 años en el momento de los hechos. Acusado de un delito de riña tumultuaria.
¿Qué participación tuvieron estos menores?
Según los hechos probados de la sentencia, los dos primeros sujetos acudieron a las 8 de la mañana con el resto de seguidores del Atlético de Madrid, blandiendo sendas defensas extensibles -porras- y el tercer sujeto un palo. En un momento de la reyerta, el sujeto 1, tras observar como un joven mayor de edad golpeaba en la cabeza al aficionado del Dpoertivo Francisco Javier Romero Taboada, y que este caía al suelo, valiéndose de la defensa extensible que portaba golpeó con ésta en la zona abdominal y, con ánimo de causarle la muerte, continuó propinándole golpes ayudado por otros tres jóvenes mayores de edad. Posteriormente, y a sabiendas de su crítico estado, algunos de ellos le lanzaron al río Manzanares.
A consecuencia de los golpes recibidos, el aficionado del Deportivo de La Coruña, resultó con diversos traumatismos en cabeza y abdomen que le causaron lesiones encefálicas y abdominales, con desgarro esplénico y hemorragia aguda que le provocó la muerte.
¿Qué declararon los menores?
El sujeto 1 negó tajantemente las imputaciones realizadas, delito de participación en riña tumultuaria, delito de tenencia ilícita de armas y un delito de homicidio, declarando lo siguiente: que estuvo en los alrededores del estadio del atleti, y después en el partido de fútbol, que se inició a las 12 horas, pero que no participó en los altercados, entre miembros de su equipo y los del Deportivo de La Coruña. Cuando el partido es por la mañana, habitualmente se levanta muy temprano, concretamente el día de autos a las 5 de la mañana, y se va hacía el estadio Vicente Calderón, para desayunar con amigos, seguidores de su equipo; que estuvo en el bar “Río Duratón”, junto a un tal V., que no llevaba defensa extensible, si bien se la proporcionó posteriormente otro joven, cogiéndola por miedo, a la vista de los incidentes y desordenes que se estaban organizando. Que no pensó en volver a su casa, viéndose envuelto en la masa de gente. Además no recuerda si llevaba bufanda tubular y gorra.
A continuación se unió a un grupo numeroso de personas, situándose en la parte trasera del mismo. Cuando se encontraba en compañía de V. y del sujeto 2., vio mucho humo y lanzamientos de objetos, así como a 100 personas situadas “a modo de ejercito” y que el se refugió debajo de unos árboles, para seguidamente salir corriendo, llegando hasta el bar llamado “el Doblete” y posteriormente a otro bar llamado “el parador”, en compañía del sujeto 2, y que en este último establecimiento se enteró de lo que había sucedido en la riña, a través de las redes sociales, yéndose finalmente al partido con su padre.
El sujeto 2 reconoció los hechos que se le atribuyen,y se acogió a su derecho a no declarar.
El sujeto número 3 relato que la mañana del 30 de noviembre de 2014, vio al sujeto 1, en un bar llamado “El parador”, encontrándose con dicho menor cuando los seguidores del Deportivo de La Coruña tiraron varios petardos, provocando con ello una gran humareda, a una distancia de unos 200 metros de donde él se encontraba. Posteriormente, junto con el sujeto 1 cruzó una pasarela sobre el río Manzanares, yendo ambos situados en la retaguardia del grupo, integrado por hinchas del atleti. Indica además, que no vió agresiones, solo lanzamientos de objetos, y que finalmente salió huyendo, perdiendo de vista al sujeto 1, y que después de sacar una entrada para su hermano, se fue al bar “el Doblete”, sin que allí volviera a ver al Sujeto 1.
¿Qué pruebas se practicaron en el proceso?
Las pruebas practicadas en el procedimiento fueron: la declaración de testigos, declaración de la policía, el visionado de vídeos y fotografía, el examen de los mensajes de móvil del teléfono del sujeto 1 y por último el examen de la prueba pericial forense.
Declaración de testigos
En primer lugar, declaró un testigo protegido G-303. Este testigo, tras reconocer que participó el 30 de noviembre de 2014 en la riña tumultuaria entre los integrantes del Frente Atlético a los que pertenecía y los seguidores del Club Deportivo de la Coruña, hechos por los que está imputado en el Juzgado de Instrucción número 20 de Madrid aunque no por homicidio, pidió perdón por su intervención en la riña citada, aclarando que la demora en presentarse ante los Agentes de la autoridad, a fin de aclarar lo sucedido, en orden al fallecimiento del seguidor del Depor se debió exclusivamente a que temía por su integridad física si contaba lo que había visto.
Tras varios meses en los que no podía soportar la presión de los hechos, se lo comentó a un policía amigo llamado A., quién le aconsejó que relatara lo sucedido, haciéndolo de forma espontánea, y sin ser presionado para ello.
Según su testimonio, el día de los autos sucedió lo siguiente: la concentración de los seguidores del atleti para enfrentarse a los seguidores del Deportivo se llevó a cabo a través de los redes sociales; que la hora señalada era la de las 7:30 horas de la mañana y que se reunieron unas 200 ó 250 personas. Aconsejaban ir vestidas de negro para dificultar la identificación e ir armados.
Conoce a los sujetos 1 y 2, llevándose especialmente bien con el primero. Estos dos jóvenes perteneces al frente atlético, siendo el sujeto 1 uno de sus dirigentes o capo. Los dos sujetos se encontraban por la mañana temprano en el bar llamado “Río Duratón”, que es donde suelen reunirse. Posteriormente, durante la pelea, volvió a ver al Sujeto 1, pero no al segundo. Dicho sujeto llevaba su propia porra.
El testigo protegido se situó al lado derecho de la ribera del Manzanares, junto a otro joven que iba vestido con una sudadera roja, y que intentaban acometer los seguidores del Depor que venían enfrente de ellos, desistiendo momentáneamente ante la tirada de petardos y pirotecnia, lo que provocaba una gran humareda. Seguidamente inician una carrera tras los del Depor, pudiendo ver a unos 5 metros de distancia como tiraban al río Manzanares a un seguidor de dicho equipo de complexión gruesa. Igualmente, a unos 20 metros, un joven con sudadera roja golpeó en la cabeza a un seguidor del Depor. delgado y con cresta, cayendo este desvanecido al suelo. En dicha posición, el citado joven fue golpeado de forma reiterada por el Sujeto 1 mediante patadas y golpes con la porra, en la zona central del cuerpo (abdomen) y, que tras la agresión citada, arrastraron al joven unos metros sin que en dicha acción participara el sujeto 1, arrojándolo finalmente al río manzanares.
A las preguntas de la defensa del Sujeto 1, el testigo protegido ha relatado que él no portaba arma alguna, pegando con los puños, y que no golpeó a la víctima, estando refugiado entre los árboles. Fue detenido en el mes de diciembre de 2014, no contando lo que había visto por temor. Además indica que la agresión duró apenas 20 o 25 segundos, y que en el momento en que se produce dicha agresión, la visibilidad era buena. No hizo nada por evitar el apaleamiento de la víctima, por el gran temor que infundía los acontecimientos en los que estaba inmerso.
Por la letrada de la defensa del sujeto 1 declararon tres testigos, indicando lo siguiente:
- Testigo 1: sostuvo que después de cruzar la pasarela sobre el río Manzanares, y tras recibir un botellazo, perdió de vista al Sujeto 1, ya que él no llego a la altura del bar Andorra. Que dicho sujeto no llevaba porra, y que no vió que agrediese a nadie.
- Testigo 2: indica que conoce al sujeto 1 del fútbol, y que lo vió en un bar hacia las 10:30.
- Testigo 3: declara que conoce al sujeto 1 del barrio, y que el no fue a la concentración del día 30 de noviembre.
Visionado de vídeos y fotogramas
En el acto del juicio solo se llevó a cabo del visionado de un CD. En el se observan a una gran multitud de gente que al parecer cruza una pasarela sobre el río Manzanares, girando seguidamente a la derecha de la ribera del río, donde hay otro numerosos grupo de personas que tiran petardos, bengalas, etc…, originándose una gran humareda.
Una vez despejada la humareda, se observa claramente como una persona cae al río, y metros más adelante cae otra segunda persona de complexión aparentemente más delgada que la primera. Esta segunda persona se sujeta momentáneamente en la valla perimetral del río, cayendo finalmente a su lecho, concluyendo aquí la grabación.
En los restantes CD y fotogramas se constatan desórdenes públicos, con lanzamientos de sillas y vuelco de contenedores, todo ello acaecido alrededor de las 9 horas, según la voz en off de una de las personas que graban uno de los vídeos.
Declaración de los agentes de la policía nacional
La policía declaró que el despliegue policial se produjo ya iniciada la riña, sobre las 10 horas, ya que la policía no tuvo conocimiento previo de la convocatoria entre los seguidores de ambos equipos. Además, de los mensajes telefónicos intervenidos, se infiere que los seguidores del Atlético de Madrid habían convocado la concentración sobre las 7-7:30 horas, con intención de desayunar previamente al enfrentamiento; y que los seguidores del Deportivo de la Coruña salieron del lugar de origen alrededor de la una de la madrugada, con la consigna de “arrasar Madrid”.
Del visionado de los vídeos y fotogramas, la policía identifica al Sujeto 1 con una porra extensible, y al Sujeto 3 con un palo blanco.
Examen de los mensajes enviados vía Whatsapp desde el móvil del sujeto 1
De la lectura de los mensajes se infiere que el remitente de los mismos los días previos a los hechos, muestra su intención de acudir a la concentración para enfrentarse a los seguidores del Deportivo de La Coruña, animando a otra persona para que haga lo mismo que él.
Entre otros mensajes, el día 28 de noviembre envía:
armados hasta los dientes, el domingo con un par de huevos, sin dudas; y con mucho odio. Atleti o muerte señores.
El día 30 de noviembre a las 0:20 horas remite un mensaje que por su contenido se dirige a su pareja, y que dice:
llevo el north face braga y gorra. te amo mi vida
Contestándole ésta a las 0:21:
Ten cuidado, te quiero mucho.
A las 5:25 horas del día 30 de noviembre, desde la terminal se remite un nuevo whatsapp, que reza lo siguiente:
Tu durmiendo hace cuatro horas y yo yéndome a pegar por el fútbol…
Durante la reyerta, y desde el teléfono, se escriben varios mensajes:
“que palizón, jajaja” “los hemos reventado”, y “sin porra me he quedado, le he pegado un palizón a uno”.
A las 11:59, la pareja le envía a este joven un mensaje en el que se muestra preocupada por lo que ha escuchado en las noticias, en cuanto al grave estado en que se encuentra uno de los seguidores del dépor, preguntándole:
Dime que no has sido tú
y a continuación a las 14:52 horas, emite otro mensaje con el siguiente texto:
Que el chaval se ha muerto y tú no me hablas ni dices nada
Tras un prolongado silencio, a las 15:10 del 30 de noviembre le remite un whatsapp en el que dice no tener idea de lo que ha pasado, sosteniendo que toda la mañana había estado estudiando, y que no había podido asistir al partido de fútbol.
Examen de la prueba pericial forense
Los peritos forenses determinaron que la víctima murió por los numerosos golpes que recibió en el abdomen. En el siguiente punto se completa la información sobre la causa de su muerte.
¿Qué es lo que causo la muerte a Jimmy?
Los médico forenses informaron de forma tajante y sin atisbo de duda alguna que, el fallecimiento de “Jimmy”, se produjo a consecuencia, no del golpe recibido en la cabeza, ni por la caída al río Manzanares, sino por los numerosos golpes que recibió en el abdomen, lo que le produjo la rotura del bazo y un derrame severo de sangre que resultó letal. La rotura del bazo pudo ser por un solo golpe o varios, y que la víctima también presentaba lesiones en la zona renal derecha.
Añaden los forenses que el derrame al inicio, actuó a modo de tapón, lo que provocó que la víctima no muriera en el acto, y que cuando ese tapón se disuelve, la sangre se extiende por todos los órganos causando de forma inevitable el fallecimiento.
Los médicos forenses refirieron, que no observaron vestigios de los impactos recibidos en la zona del abdomen, sin duda, al estar protegido por la ropa, lo cual, y a su juicio, no significa que no golpearan a la víctima en dicha parte del cuerpo, que en la cabeza si había señales de haber sido golpeado con un objeto contundente que le produjo un traumatismo craneoncefálico; y que en el fallecimiento de Francisco Javier no influyeron las posibles patologías que esta persona pudiera sufrir con anterioridad a la paliza recibida.
Condena
Sujeto 1, declarado responsable de un delito de riña tumultuaria, un delito de tenencia ilícita de armas y un delito de homicidio, imponiéndole la medida de 6 años de internamiento en régimen cerrado, seguido de 2 años de libertad vigilada.
Sujeto 2, autor responsable de un delito de riña tumultuaria y de un delito de tenencia ilícita de armas, imponiéndole 1 año de libertad vigilada.
Sujeto 3, autor responsable de un delito de riña tumultuaria, imponiéndole, 60 horas de prestación en Beneficio de la Comunidad que se sustituirán en caso de que el menor no preste su consentimiento o las incumpla por 5 permanencias de fin de semana en centro cerrado.
Enhorabuena por este trabajo, voy a ponerte unas reflexiones propias a ver que opinas como abogado
Da por hechos probados que quedaron para pegarse cuando el informe de la policía habla de que estaban desayunando cuando aparecieron los del frente atlético https://www.youtube.com/watch?v=GxX-rwR84hQ y además lo hace hablando de los ya famosos mensajes de whatsapp y por redes sociales que nunca se han conocido, los únicos que se conocen los de la gente de frente atlético para quedar a las 7 de la mañana para ir de cacería y los del único condenado por la muerte que hay hasta el momento
¿Donde están los mensajes de esa quedada?
¿Donde están los mensajes entre los Riazor Blues donde se hable de esa pelea?
En el segundo párrafo dicen que quedaron a las ocho y de todos es sabido que la pelea fue después de las 9 y es más…en la parte de las pruebas: visionado de videos y fotogramas pone esto:
“En los restantes CD y fotogramas se constatan desórdenes públicos, con lanzamientos de sillas y vuelco de contenedores, todo ello acaecido alrededor de las 9 horas, según la voz en off de una de las personas que graban uno de los vídeos”
¿Como una sentencia puede dar por “hecho probado” que quedaron a las ocho de la mañana y en las pruebas en las que se basa hablan “todo ello acaecido alrededor de las 9 horas?
Esto es una vergüenza, al final los otros cuatro asesinos se van a ir de rositas porque ya tenemos un cabeza de turco y todo va a quedar simplemente en una “quedada” de grupos ultras
En primer lugar, siento responder tan tarde. No sé que pasó con los documentos que indicas, así como las investigaciones de la policia, ya que no conocemos los autos, sino simplemente la sentencia.
Por otro lado, que la pelea se documentará a las nueve, no quiere decir que a las ocho ya existieran los primeros encontronazos, aunque sólo fuera de manera visual. Es decir, no me parece que exista una contradicción en ese extremo. Por último, y a la vista, de los hechos probados en esta sentencia, mucho me temo que los otros imputados/investigados no serán condenados por un delito de homicidio, ya que parece que el que propinó el golpe fatal fue el menor ya condenado.