El divorcio de común acuerdo

Procedimiento judicial de divorcio de común acuerdo

En A Coruña, existen dos juzgados especializados en familia que son los encargados de realizar los procedimientos de familia, entre ellos los divorcios y separaciones ya sean de común acuerdo o de manera contenciosa.

Estos dos Juzgados son el número 3 y el número 10 de primera instancia. Se encuentra en la Calle Capitán Juan Varela, (en la plaza de la imagen) donde se encontraba la Audiencia Provincial en A Coruña.

Para proceder a un divorcio de mutuo acuerdo es necesario regular un convenio regulador que recoja los efectos del divorcio según lo indicado en el artículo 90 del Código Civil. Además, para proceder al divorcio, ya no se necesita causa, no obstante, han de transcurrir al menos tres meses desde que se contrajo matrimonio.

El convenio regulador es el documento en el que se regulan las consecuencias jurídicas de la separación o divorcio del matrimonio, recogiendo las siguientes cuestiones:

  1. La guardia y custodia de los hijos comunes y el régimen de visitas.
  2. La pensión compensatoria si así lo han acordado los cónyuges.
  3. La atribución del uso de la vivienda y ajuar familiar
  4. La contribución a las cargas del matrimonio y la pensión de alimentos.
  5. La disolución y, opcionalmente, la liquidación del régimen económico ganancial.

¿Cuánto dura el procedimiento?

Desde que los cónyuges hasta que se tiene sentencia, suelen transcurrir de manera aproximada unos seis meses si el procedimiento es de mutuo acuerdo.

Hay que tener en cuenta, que lo primero es realizar un convenio regulador en el que los dos estén conformes. Una vez realizado dicho convenio, que en función del acuerdo o no suele demorarse unas semanas, se presenta ante el juzgado de familia con la demanda de divorcio correspondientes. Al ser de mutuo acuerdo, es suficiente con un abogado y procurador para los dos.

Una vez presentada la demanda, el juzgado citará a los cónyuges para que ratifiquen el convenio regulador que previamente habían acordado. Esta citación, aunque en la práctica debería de ser rápida suele demorarse un par de meses.

Por su parte,  el juez aceptará el convenio regulador excepto cuando cause un grave perjuicio a uno de los dos cónyuges, o cuando no vele por el interés de los menores en el caso de existir hijos comunes. También intervendrá el fiscal en caso de que haya menores en el divorcio. En dicho caso, se seguirá el procedimiento del divorcio contencioso.

Una vez realizado todos estos trámites, ratificado por los cónyuges en sede judicial y sin oposición del juez ni del fiscal, se dicta sentencia en el plazo de una semana aproximadamente.

Por último, es importante recordar que el mes de Agosto es inhábil, y por ello los meses de septiembre y octubre son los peores en cuanto a rapidez para realizar el divorcio. No sólo por el retraso de los juzgados, sino como también por la mayor demandas presentadas en dichos meses.

Siempre será más rápido el divorcio ante notario, pero para ello no pueden existir hijos menores dependientes.

¿Qué documentación es necesaria?

  1. Certificado de inscripción del matrimonio en el Registro Civil.
  2. En caso de hijos menores, certificado de inscripción del nacimiento en el registro civil y el libro de familia.
  3. Puede ser necesario el certificado de empadronamiento para acreditar la competencia de los juzgados de A Coruña.
  4. Capitulaciones matrimoniales en caso de que existiera.

¿Cuánto cuesta el divorcio?

De manera orientativa, el coste de un divorcio de común acuerdo para los dos cónyuges está entre los 400 € y los 1.200 euros el coste del abogado, más los 150 y 300 euros el procurador. 

Divorcio de común acuerdo ante Notario

Cuando no existan hijos menores o incapacitados, se podrá realizar el divorcio (o separación) ante Notario.

Este procedimiento tiene la ventaja de que es más rápida que el procedimiento judicial. En este caso, no es necesario procurado aunque sí que es necesario abogado. Lo que nos ahorramos de procurador se gasta en el notario, así que el coste es similar.

En cualquier caso, tiene las mismas consecuencias y se necesita la misma documentación que para un divorcio de común acuerdo realizado judicialmente.

¿Cuánto dura el procedimiento?

Este divorcio se puede realizar en un plazo muy breve de tiempo. De hecho, si ya se tiene la documentación y el convenio regulador sólo hace falta encontrar el notario que esté disponible para firmar la escritura.

Por lo tanto, en menos de una semana se puede tener el acuerdo de separación o divorcio.

¿Qué documentación es necesaria?

La misma que en el caso anterior, pero el Notario también necesita una copia de los DNIs.

  1. Certificado de inscripción del matrimonio en el Registro Civil.
  2. En caso de hijos menores, certificado de inscripción del nacimiento en el registro civil y el libro de familia.
  3. Puede ser necesario el certificado de empadronamiento para acreditar la competencia de los juzgados de A Coruña.
  4. Capitulaciones matrimoniales en caso de que existiera.

¿Cuánto cuesta el divorcio?

De manera orientativa, el coste de un divorcio de común acuerdo para los dos cónyuges está entre los 400 € y los 1.200 euros el coste del abogado, más el coste del procurador que si se ealiza sin liquidación de gananciales el coste está sobre un poco más de 200 euros.

Nos ocupamos de todo el procedimiento

En caso de que no sea posible alcanzar un acuerdo, existe otro procedimiento que sólo podrá ser judicial

El divorcio contencioso

El divorcio contencioso se produce cuando ambos cónyuges no se ponen de acuerdo en las cláusulas del convenio regulador que recogen los efectos del divorcio, o cuando uno de los cónyuges sin el consentimiento -o desconocimiento- del otro presenta la demanda de divorcio.

En este caso cada cónyuge, debidamente representada por un procurador y defendido por un abogado, tiene que presentar su reclamación al juzgado con los efectos del divorcio -principalmente guardia y custodia, uso de la vivienda, pensión de alimentos y/o compensatoria-, uno en la demanda y otro en la contestación a la demanda.

No obstante, en cualquier momento del juicio, los cónyuges podrán ponerse de acuerdo, y seguir el procedimiento para el divorcio de común acuerdo.

¿Cuánto dura el procedimiento?

El procedimiento contencioso es un procedimiento más largo, además de que puede tener dos vistas, una de medidas previas al divorcio y la vista posterior en el que se discuta los efectos del divorcio.

De manera aproximada, podemos indicar que el procedimiento de divorcio puede durar unos nueve meses.

¿Custodia compartida o para uno de los progenitores?

La patria potestad sigue siendo ejercida por ambos progenitores, aunque exista un divorcio de los progenitores.

Cuestión diferente es la guardia y custodia. Actualmente, el sistema preferente es el de la custodia compartida, salvo que las partes acuerden lo contrario o exista una causa que justifique la adopción de otro tipo de guardia y custodia.

En este sentido, si no existe custodia compartida se establee un régimen de visitas a favor del progenitor que no ejerza la guardia y custodia. Con carácter general, se establecen los siguientes periodos de visitas:

  1. Fines de semana alternos. Desde el viernes a las 20 horas hasta el domingo a las 20 horas, recogiendo y reintegrando al menor en el domicilio familiar. Si fuera festivo el día inmediatamente anterior o posterior, o existiera un puente, se extenderá prorrogando dicho fin de semana hasta el laboral correspondiente.
  2. Cada progenitor mitad de las vacaciones escolares:
    • Vacaciones estivales: Se repartirán por mitad entre los cónyuges, por periodos quincenales los meses de julio y agosto.
    • En navidades la semana del 24 al 31 (hasta las 16.00 de la tarde) con un progenitor, y el otro del 1 al 7. Alternándose cada año
    • Semana santa dividida
  3. Si fuera posible, visitas entre semana después del horario escolar

La atribución del uso de la vivienda y ajuar familiar

En defecto de pacto, el uso de la vivienda familiar y de los objetos de uso ordinario en ella corresponde a los hijos y al cónyuge en cuya compañía queden. La atribución es independiente de la titularidad de la vivienda.

La contribución a las cargas del matrimonio y la pensión de alimentos

Sólo existe pensión de alimentos cuando no exista custodia compartida. Excepcionalmente, puede existir pensión de alimentos cuando los ingresos entre los progenitores sea muy diferente.

La pensión de alimentos tiene como objetivo cubrir parte de los gastos ordinarios de los hijos comunes de la pareja.

De manera orientativa podemos utilizar la calculadora realizada por el Consejo del Poder Judicial en función del lugar de residencia, ingresos de cada cónyuge y el número de hijos.

No obstante, las partes pueden establecer una cuantía superior, siempre que vaya en beneficio del menor.

La pensión compensatoria

En multitud de ocasiones, la separación o divorcio produce un desequilibrio económico en uno de los cónyuges en comparación con su situación anterior en el matrimonio.

Este desequilibrio, puede paliarse mediante el establecimiento de unaprestación compensatoria que podrá consistir en una pensión temporal o por tiempo indefinido, o en una prestación única, según se determine en la sentencia o acuerden los cónyuges.

Salvo casos extraordinarios, es raro establecer una pensión compensatoria de manera indefinida. Lo normal, es establecer una pensión compensatoria de un año de duración de menos de un tercio del salario, aunque dependerá de cada caso.

Para la determinación de su cuantía habrá que atender a las siguientes circunstancias:

  1. Los acuerdos a que hubieran llegado los cónyuges.
  2. La edad y el estado de salud.
  3. La cualificación profesional y las probabilidades de acceso a un empleo.
  4. La dedicación pasada y futura a la familia.
  5. La colaboración con su trabajo en las actividades mercantiles, industriales o profesionales del otro cónyuge.
  6. La duración del matrimonio y de la convivencia conyugal.
  7. La pérdida eventual de un derecho de pensión.
  8. El caudal y los medios económicos y las necesidades de uno y otro cónyuge.
  9. Cualquier otra circunstancia relevante.

¿Cuál es el coste de un procedimiento de divorcio contencioso?

Sin tener en cuenta la liquidación del régimen económico ganancial, el coste de manera aproximada suele ser de unos 800€ a 1.600€ el abogado más unos 250€ a 450€ el procurador.